Código Ético

ASPAD

CÓDIGO ÉTICO

1. Mensaje de la Dirección

El éxito y la reputación de ASPAD depende, no sólo de la calidad de nuestros servicios veterinarios, atención telefónica y servicios de benestar para las mascotas, sino también de la manera en la que ejercemos nuestra profesión.

Así pues, nuestro proyecto de empresa es movilizar a toda la organización en torno a la búsqueda de la confianza y la excelencia, ofreciendo a cada uno la posibilidad de involucrarse, movilizarse e ir un poco más allá.

Queremos ganarnos la confianza de nuestros clientes, no a través de promesas, sino a través de pruebas y hechos concretos. Nos comprometemos a mostrarnos siempre disponibles, atentos y fiables para establecer con ellos relaciones de confianza duraderas.

Asimismo, involucramos en nuestras actividades a aquellos proveedores y partnersque asuman como propio este código ético y de conducta para garantizar el cumplimiento de los fines que perseguimos.

Nuestra ambición de ser líderes es inseparable del respeto al código ético aquí recogido por parte de todos los profesionales involucrados en su actuación cotidiana.

2. Introducción

El código de conducta ética es nuestra guía de conducta adecuada, junto con las normas y procedimientos de trabajo establecidos, para garantizar lo correcto y que en su consecuencia lógica no se produzca ningún delito en la empresa.

Este Código constituye la guía para todos los empleados. En éste se ofrecen las directrices que clarifican los principios básicos de toda gestión y las relaciones interpersonales con compañeros, colaboradores, jefes, proveedores, clientes, accionistas y en general cualquier persona con interés directo o indirecto en la actividad que desarrolla cada compañía. Nuestras actuaciones se basan en el respeto de nuestros valores corporativos, y los empleados acomodaremos la actuación a principios de comportamientos respetuosos con la ética empresarial, con la integridad y con la profesionalidad, con el objetivo de que ASPAD sea un referente en estos términos y sea así reconocido.

3. Ámbito de aplicación

El presente Código va dirigido a todos los empleados de ASPAD, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral, posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su trabajo.

Asimismo, ASPAD dará a conocer a sus diferentes partes interesadas la existencia del presente Código al principio de la relación profesional.

4. Valores éticos y de conducta

Nuestros valores éticos representan nuestra identidad como colectivo. Somos diferentes porque las personas que trabajamos en ASPAD hacemos de esta empresa un proyecto único y diferenciador. Somos rápidos, sabemos escuchar, buscamos la innovación, somos serviciales y trabajamos en equipo de forma rigurosa y transparente en búsqueda de la excelencia empresarial.

  • Actuamos de forma ética, transparente y socialmente comprometida reconociendo la función y responsabilidad de la empresa privada.
  • Tomamos decisiones después de un adecuado análisis y actuamos con celeridad y dinamismo.
  • Focalizamos de manera ágil la solución a un problema proponiendo alternativas realistas, de calidad y viables.
  • Nos adaptamos rápidamente a los cambios y demandas del entorno profesional.
  • Escuchamos activamente, con actitud abierta y respeto a la opinión de todas las partes implicadas en una situación.
  • Buscamos activamente las ocasiones para mejorar los productos y servicios y crear nuevas oportunidades de negocio.
  • Actualizamos constantemente nuestros conocimientos tecnológicos para conseguir ser pioneros en innovación.
  • Atendemos a nuestros clientes de manera eficiente, persiguiendo su satisfacción y manteniendo en todo momento un comportamiento ético y resolutivo.
  • Escuchamos y cooperamos con el cliente asumiendo compromisos encaminados a la consecución de sus necesidades y expectativas.
  • Sabemos trabajar con nuestras partes interesadas generando un clima de confianza y respeto mutuo.
  • Respetamos las diferencias, las opiniones y la diversidad.
  • Somos respetuosos con el medio ambiente y las políticas de sostenibilidad.

5. Principios de comportamiento ético

El comportamiento ético que rige ASPAD se basa principalmente en:

5.1 Buena fe

Ajustamos en todo momento nuestra actuación a los principios de lealtad y buena fe con la empresa, con superiores, compañeros y colaboradores con los que nos relacionamos. Enfatizamos el afán de logro y el espíritu de superación. La preocupación por alcanzar los objetivos marcados debe ser constante y continuada. Potenciamos actitudes optimistas versus pesimistas. Supeditamos los objetivos personales a los generales de la Compañía. Velamos para que no exista conflicto entre ambos, y actuamos dando prioridad a los intereses de la compañía respecto de intereses personales o de terceros. No nos comprometemos en intereses exteriores que desvíen nuestro tiempo y atención de las responsabilidades en nuestra compañía.

5.2 Honestidad

Todos los empleados de ASPAD nos comprometemos a declarar cualquier relación personal o profesional que pudiera condicionar nuestro comportamiento como empleados de la Compañía. Además, como empleados de ASPAD, no aceptamos compensaciones o ventajas indebidas. Inculcamos la honestidad y ética profesional en las relaciones comerciales y profesionales habituales en el desempeño de nuestro trabajo, tanto en el sector privado como en nuestras relaciones con las Administraciones Públicas. No ofrecemos regalos, ni prometemos un trato de favor indebido a terceros, ya sean de carácter público o privado, con el fin de obtener una ventaja. Promovemos la confianza para declarar los regalos o ventajas que podamos obtener de terceros y los ponemos a disposición de la compañía. Cualquier relación personal o profesional que afecte a los intereses de la Compañía es comunicada al superior inmediato. No permitimos relaciones personales ni familiares en dependencia directa ni dentro de la misma unidad organizativa.

Evitamos conductas contrarias a la libre competencia, o que supongan un acto de competencia desleal. En campañas publicitarias ofrecemos la información de forma clara y veraz.

5.3 Respeto

Todos y cada uno de nosotros somos responsables de generar un ambiente de cordialidad y amabilidad en nuestro entorno. Potenciamos el respeto y confianza entre las personas. Apreciamos la diversidad en opiniones, formación y cultura como fuente de conocimiento y ventaja competitiva. Cuidamos el lenguaje que utilizamos al hablar de terceros y propiciamos la no existencia de pautas y comentarios difamatorios dentro y fuera de la organización. Promovemos el respeto a la igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres, evitando cualquier escenario de discriminación directa o indirecta. Ninguna persona empleada en ASPAD es discriminada en el ámbito profesional por raza, discapacidad física, religión, edad, nacionalidad, orientación sexual, sexo, opinión política u origen social. Mantenemos un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal, no admitiendo ninguna forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal. Respetamos el medio ambiente y colaboramos con el desarrollo sostenible de la sociedad.

5.4 Confidencialidad

Nos abstenemos de proporcionar, interna o externamente, datos confidenciales sobre las personas y/o las actividades desarrolladas en la empresa. Facilitamos, sin embargo, los datos que sean necesarios para que otros empleados de su misma empresa realicen correctamente su función, con estricto respeto a este deber de confidencialidad. Evitamos conductas contrarias a la libre competencia, o que supongan un acto de competencia desleal. En campañas publicitarias ofrecemos la información de forma clara y veraz. Principios de comportamiento ético, respeto, confidencialidad y uso de la información. Cumplimos con la normativa de protección de datos de carácter personal en relación a los que tengamos acceso debido a nuestro puesto de trabajo. Los empleados de ASPAD nos caracterizamos por una marcada actitud proactiva en el trato de la información confidencial.

En nuestra conducta:

  • Facilitamos a los responsables información veraz, necesaria, completa y puntual acerca de la marcha de las actividades de nuestra área; y a nuestros compañeros, aquella que sea necesaria para el adecuado desempeño de sus funciones.
  • Mantenemos el secreto profesional de los datos, informes, cuentas, balances, planes estratégicos y demás actividades de cada empresa y sus personas, que no sean de carácter público, y cuya publicidad pueda afectar a los intereses de la compañía. No facilitaremos información de estos, salvo cuando nos hallemos expresamente autorizados para ello.
  • Obtenemos la información de terceros de forma ética y legítima, rechazando toda aquella información obtenida de forma improcedente o que suponga una violación del secreto de empresa o de la confidencialidad de esta.
  • En el supuesto de tener dudas acerca del tratamiento adecuado de la información, solicitamos la valoración de nuestro responsable acerca de la correcta catalogación de esta.
  • En general mantenemos la más estricta confidencialidad en la utilización del conocimiento interno fuera del ámbito de la empresa para la que se trabaja, preservando nuestro saber hacer.
  • Únicamente utilizaremos los sistemas informáticos, software,material, informes, etc. de los cuales la empresa correspondiente haya adquirido la licencia correspondiente, respetando en todo momento la propiedad intelectual e industrial de estos.
  • La utilización de equipos informáticos está sometida a la política de seguridad de la información de cada empresa con el objetivo de evitar daños a terceros y/o a la propia empresa.
  • No utilizaremos los accesos a los sistemas para actuar de forma fraudulenta o en beneficio propio.

6. Decálogo de preguntas antes de tomar una decisión

Plantearse estas preguntas ayudará a decidir sobre el comportamiento que debe seguirse.

  1. ¿Va contra las normas de trabajo?
  2. ¿Parece ser lo correcto?
  3. ¿Es legal?
  4. ¿Tendrá un efecto negativo sobre mi reputación o sobre la de la empresa?
  5. ¿Quién más puede verse afectado por esto (otras personas del grupo, entidades aseguradoras, asegurados, pacientes, clientes, proveedores?
  6. ¿Me sentiría avergonzado si los demás supieran que he resuelto actuar de esta manera?
  7. ¿Existe una solución alternativa que no plantee un conflicto ético?
  8. ¿Cómo me vería si fuese publicado en los periódicos?
  9. ¿Qué pensaría una persona razonable?
  10. ¿Podré dormir tranquilo?

7. Principios de comportamiento profesional

7.1 Cumplimiento legal

Nuestras actividades comerciales deben desarrollarse con estricto cumplimiento de la legislación aplicable en cada momento, velando por el conocimiento y cumplimiento de las mismas en el entorno en el que desarrolla su actividad.

7.2 Actuación ética: honestidad, respeto e integridad

Tenemos el deber de mantener en todo momento un comportamiento ético, actuando con honestidad, honradez, rectitud e integridad en todas nuestras actuaciones, entre nosotros y con terceros, evitando actuaciones equívocas, confusas o engañosas. Se deben evitar conductas inapropiadas que, aún sin violar la ley, pueden perjudicar o dañar la reputación e imagen corporativa de ASPAD.

Nuestra actuación socialmente responsable debe traducirse en el respeto a los legítimos derechos de todas las personas físicas o jurídicas con las que nos relacionamos y en un sentido de servicio a la Sociedad en general, en especial sectores de la población con riesgo de exclusión, dificultades en la integración de la sociedad, protección al medio ambiente.

Ello implica, entre otros aspectos:

  • Adoptar comportamientos apropiados y seguir pautas y conductas legales en el desempeño de los cometidos profesionales;
  • Desarrollar la actividad empresarial con criterios profesionales y objetivos y con el máximo respeto a terceros, en especial, a los competidores;
  • Rapidez y rigor en el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de los contratos suscritos, evitando cualquier situación de conflicto de intereses que pueda comprometer la objetividad exigible en la adopción de decisiones respecto a los mismos;
  • Equidad, lealtad y buena fe en las relaciones con quienes nos prestan sus servicios;
  • Cumplimiento estricto de las leyes y de las obligaciones que se derivan de ellas, así como de los códigos y normas de conducta que se establezcan por parte de las entidades con las que contraten.

7.3 Competencia y transparencia comercial

ASPAD será dirigida de forma coherente con la competencia leal y de acuerdo con toda la legislación aplicable en materia reguladora de la competencia, actuando en el mercado con transparencia y honestidad.

No se utilizarán prácticas éticamente censurables o ilegales en relación con otros competidores y con el mercado, debiendo respetar las normas de libre mercado y de defensa de la competencia establecidas legalmente al efecto, actuando en todo momento de una manera honesta y legal a fin de promover una competencia libre y justa en el mercado.

7.4 Corrupción o sobornos

ASPAD no autoriza, ni tolera, ni permite ni se involucra en ningún tipo de corrupción, extorsión, soborno o apropiaciones indebidas en el desempeño de su actividad empresarial, ni el sector público o privado.

Los empleados, directivos, consejeros o colaboradores de ASPAD no aceptarán ni ofrecerán sobornos u otros incentivos. Están igualmente prohibidos los actos de soborno que pudieran incluir gratificaciones, comisiones, ofrecimientos, beneficios, promesas, directas o indirectas, en efectivo o no, de cualquier tipo de ventaja, beneficio, influencia o conceptos similares, así como cualquier instrumento o actuación para su encubrimiento y el tráfico de influencias, con la finalidad o que pudiera llegar a tener el fin de influenciar en el juicio independiente o conducta de personas empleadas o relacionadas con ASPAD, o variar de forma inapropiada y no transparente la actuación y voluntad de las personas relacionadas para obtener un beneficio o ventaja.

7.5 Regalos, obsequios o tratos de favor

ASPAD no deberá ofrecer a los empleados y/o directivos de sus clientes regalos, obsequios, objetos de valor, favores, ventajas sociales u otro tipo de beneficios, ya sean en metálico o en forma de otras prestaciones, que puedan significar para éstos un beneficio personal en la relación existente, o con el fin de obtener un trato favorable en la conservación o concesión de contratos.

Igualmente queda prohibido que los empleados o personas relacionadas con ASPAD soliciten este tipo de favores. Estas prohibiciones se extienden a los familiares directos, allegados y conocidos de los empleados y colaboradores de ASPAD.

7.6 Conflictos de interés

Se considerará que existe o surge un “conflicto de interés” cuando los intereses personales o particulares de una persona – empleado o colaborador- de ASPAD interfieran o incluso pueda parecer que interfieran de cualquier modo en la actuación de la empresa.

Ningún empleado o colaborador de ASPAD entablará relaciones comerciales o de negociación ni de cualquier otra índole con un proveedor de ASPAD que cree un conflicto de interés.

Los proveedores deberán adoptar las medidas necesarias para que ninguna contratación o renovación de contratos se realice bajo la influencia de relaciones personales o de intereses con empleados de ASPAD, garantizando en todo momento la transparencia e independencia en la contratación que se realice con el proveedor.

En todo caso, estos conflictos de interés deben darse a conocer a la empresa y, en su caso, intentar solucionarse.

7.7 Propiedad industrial e intelectual

Se deberá realizar un uso apropiado de los derechos de propiedad intelectual e industrial que sean válidos conforme a la normativa reguladora existente al efecto.

De igual modo, se asegurará el uso adecuado de los derechos de propiedad intelectual e industrial de ASPAD cuando hayan sido expresamente autorizados para ello.

7.8 Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

ASPAD y sus proveedores asumen el compromiso de cumplir íntegramente con la normativa legal existente en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo vigente en cada momento.

Queda expresamente prohibido proveer contrataciones con ASPAD con la intención de que se utilicen para cometer delitos relacionados con el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

7.9 Responsabilidad medioambiental

Se deben cumplir rigurosamente las leyes medioambientales, intentando reducir al máximo en nuestras empresas los efectos negativos de la contaminación medioambiental, apostando por las energías renovables y desarrollando su actividad con el máximo respecto al medioambiente, a fin de conservar los recursos naturales y garantizar el desarrollo sostenible.

7.10 Sistema de quejas y reclamaciones

ASPAD debe tener implantados en su organización los sistemas y procesos adecuados para que puedan interponerse y resolverse de manera rápida y eficaz las quejas y reclamaciones.

7.11 Prácticas exitosas de calidad

ASPAD cumplirá con todos los requisitos de calidad y eficacia generalmente exigibles, pertinentes y reconocidos, así como los exigidos en los contratos que pudieran establecerse con los clientes, persiguiendo el objetivo que en las diferentes empresas se supere y mantengan la certificación de calidad ISO9001 y la certificación de seguridad de la información ISO27001.

Adicionalmente, ASPAD impulsará la implantación de un sistema de compliance penal.

7.12 Informes financieros y contabilidad

ASPAD elaborará todas sus facturas, documentos contables, estados financieros e informes económicos de una manera completa, fiel, exacta, oportuna, transparente y comprensible, no ocultando ni manipulando la misma, a fin de mostrar en cada momento la verdadera y real situación financiera y el resultado de sus operaciones.

Todas las operaciones comerciales que se realicen con ASPAD deberán seguir la máxima transparencia de conformidad con las normativas fiscales y contables aplicables, evitando simulaciones, manipulaciones, etc. de documentos contables, liquidaciones de impuestos o similares.

7.13 Empleo y prácticas laborales

ASPAD cumplirá y respetará en todo momento los derechos humanos y laborales de sus empleados, tratándose con dignidad y respeto. De manera no exhaustiva, la responsabilidad de respetar los derechos humanos implica:

  • No se tolerará ningún tipo de trabajo forzoso o mano de obra infantil, respetando las edades mínimas legales de contratación conforme a la legislación vigente. Asimismo, se rechazará cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio, entendido como todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo amenaza, así como tampoco cualquier trabajo realizado en régimen de servidumbre o de forma involuntaria.
  • Se deberá rechazar y no se tolerará ninguna forma en que los empleados sean discriminados en la contratación, ejercicio de su trabajo o promoción por razón de raza, religión, discapacidad física, edad, sexo, orientación sexual, nacionalidad o factores de tipo social, moral, económico, sindical o político.
  • Se promoverá de forma expresa la igualdad de oportunidades laborales de sus empleados, tratando a los mismos (hombres y mujeres) de forma justa, digna y con respeto, evitando entornos de trabajo violentos e inhumanos, sin ningún tipo de acoso sexual, moral, verbal, ni coacción, amenaza, tortura o burla.
  • Se implantarán políticas encaminadas a la integración de personas con discapacidad.
  • La contratación laboral de los empleados se realizará de conformidad con la normativa legal que resulte de aplicación al sector en el que desarrolla su actividad el proveedor, asegurando que las condiciones, prácticas laborales y entorno de trabajo son coherentes con las normas laborales aplicables y mantienen el bienestar físico, mental y social de sus empleados.
  • La seguridad y salud de los trabajadores se considera un valor fundamental en ASPAD, velando por la seguridad, salud, protección e integridad de sus trabajadores, cumpliendo en todo caso con los requisitos establecidos en materia de prevención de riesgos laborales que resulte aplicable.
  • En ASPAD, se promueve la formación en prácticas de estudiantes para su mejor desarrollo y preparación para la inserción al mundo laboral.

8. Régimen del código, interpretación y seguimiento

Cada uno de nosotros asumimos la tarea de conocer, revisar y seguir este Código, y cumplimos todas las leyes aplicables, políticas y directrices. Este Código intenta contemplar muchas de las situaciones a las que nos enfrentamos en el día a día, pero no puede considerar todas las circunstancias.

El incumplimiento de este código puede dar lugar a la adopción de medidas disciplinarias, incluyendo la posibilidad de despido y, en su caso, el ejercicio de las acciones legales oportunas.

CÓDIGO ÉTICO PARA PROVEEDORES

1. Introducción

ASPAD ha establecido el Código ético y de conducta para sus Proveedores o colaboradores externos para garantizar que todos los servicios y/o productos ofrecidos por estos se desarrollan siguiendo unos principios básicos de ética empresarial, integridad y profesionalidad.

El proveedor debe aceptar este código como requisito para iniciar una relación comercial con ASPAD.

Este Código no contempla la totalidad de situaciones o principios de comportamiento profesional con los que el proveedor se puede encontrar, sino que pretende establecer unas pautas mínimas y generales de conducta que rijan su comportamiento.

2. Valores éticos y de conducta

Nuestros valores éticos representan nuestra identidad como colectivo y ASPAD quiere transmitirlos a sus Proveedores para que los adopten como suyos mientras permanezca el acuerdo entre ambas partes:

  • Actuamos de forma ética, transparente y socialmente comprometida reconociendo la función y responsabilidad de la empresa privada.
  • Tomamos decisiones después de un adecuado análisis y actuamos con celeridad y dinamismo.
  • Focalizamos de manera ágil la solución a un problema proponiendo alternativas realistas, de calidad y viables.
  • Nos adaptamos rápidamente a los cambios y demandas del entorno profesional.
  • Escuchamos activamente, con actitud abierta y respeto a la opinión de todas las partes implicadas en una situación.
  • Buscamos activamente las ocasiones para mejorar los productos y servicios y crear nuevas oportunidades de negocio.
  • Actualizamos constantemente nuestros conocimientos tecnológicos para conseguir ser pioneros en innovación.
  • Atendemos a nuestros clientes de manera eficiente, persiguiendo su satisfacción y manteniendo en todo momento un comportamiento ético y resolutivo.
  • Escuchamos y cooperamos con el cliente asumiendo compromisos encaminados a la consecución de sus necesidades y expectativas.
  • Sabemos trabajar con nuestras partes interesadas generando un clima de confianza y respeto mutuo.
  • Respetamos las diferencias, las opiniones y la diversidad.
  • Somos respetuosos con el medio ambiente y las políticas de sostenibilidad.

3. Principios de comportamiento profesional

3.1 Cumplimiento legal

El proveedor debe desarrollar sus actividades comerciales con estricto cumplimiento de la legislación aplicable en cada momento.

3.2 Actuación ética: honestidad, respeto e integridad

El Proveedor mantendrá en todo momento un comportamiento ético, actuando con honestidad, honradez, rectitud e integridad, evitando actuaciones equívocas, confusas o engañosas y conductas inapropiadas que puedan perjudicar o dañar la reputación e imagen corporativa de ASPAD.

3.3 Competencia y transparencia comercial

Las empresas proveedoras serán dirigidas de forma coherente con la competencia leal y de acuerdo con toda la legislación aplicable en materia reguladora de la competencia, actuando en el mercado con transparencia y honestidad.

3.4 Corrupción y sobornos

El proveedor no debe autorizar, ni tolerar, ni involucrarse en ningún tipo de corrupción, extorsión, soborno o apropiaciones indebidas en el desempeño de su actividad empresarial, tanto en el sector público como en el privado.

El proveedor no deberá ofrecer a los empleados o directivos de sus clientes, regalos, objetos de valor, favores, ventajas sociales u otro tipo de beneficios, ya sean en metálico o en forma de otras prestaciones, que puedan significar para éstos un beneficio personal en la relación existente, o con el fin de obtener un trato favorable en la conservación o concesión de contratos.

Igualmente queda prohibido que los empleados o personas relacionadas con ASPAD soliciten o acepten este tipo de favores. Estas prohibiciones se extienden a los familiares directos, allegados y conocidos de los empleados y colaboradores de ASPAD.

3.5 Conflictos de interés

El proveedor no entablará relaciones comerciales o de negocio ni de cualquier otra índole con un empleado o colaborador de ASPAD que pueda crear un conflicto de interés.

En todo caso, estos conflictos de interés, en caso de existir, deben darse a conocer a ASPAD y, en su caso, intentar solucionarse.

3.6 Propiedad industrial e intelectual

El proveedor deberá realizar un uso apropiado de los derechos de propiedad intelectual e industrial que sean válidos conforme a la normativa reguladora existente al efecto.

De igual modo, se asegurará el uso adecuado de los derechos de propiedad intelectual e industrial de ASPAD cuando hayan sido expresamente autorizados para ello.

3.7 Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

Los Proveedores de ASPAD asumen el compromiso de cumplir íntegramente con la normativa legal existente en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo vigente en cada momento, adoptando las medidas necesarias para prevenirlo.

3.8 Responsabilidad medioambiental

Los proveedores deben cumplir rigurosamente las leyes medioambientales, intentando reducir al máximo los efectos negativos de la contaminación medioambiental, apostando por las energías renovables y desarrollando su actividad con el máximo respeto al medioambiente, a fin de conservar los recursos naturales y garantizar el desarrollo sostenible.

3.9 Prácticas exitosas de calidad

ASPAD valora que los proveedores cumplan con todos los requisitos de calidad y eficacia exigibles, pertinentes y reconocidos, así como los exigidos en los contratos (ISO 9001, ISO 27001, ISO 14001, Sistema de Compliance Penal).

3.10 Informes financieros y de calidad

Los proveedores de ASPAD deben elaborar todas sus facturas, documentos contables, estados financieros e informes económicos de una manera completa, fiel, exacta, oportuna, transparente y comprensible, no ocultando ni manipulando la misma, a fin de mostrar en cada momento la verdadera y real situación financiera y el resultado de sus operaciones, siguiendo en todo momento las normativas fiscales y contables aplicables.

3.11 Empleo y prácticas laborales

ASPAD exige a sus proveedores que cumplan y respeten en todo momento los derechos humanos y laborales de sus empleados. De manera no exhaustiva, la responsabilidad de respetar los derechos humanos implica:

  • No tolerar cualquier tipo de trabajo forzoso o mano de obra infantil, respetando las edades mínimas legales de contratación conforme a la legislación vigente.
  • Rechazar cualquier forma en que los empleados sean discriminados en la contratación, ejercicio de su trabajo o promoción por razón de raza, religión, discapacidad física, edad, sexo, orientación sexual, nacionalidad o factores de tipo social, moral, económico, sindical o político.
  • Promover de forma expresa la igualdad de oportunidades laborales de sus empleados, tratando a los mismos (hombres y mujeres) de forma justa, digna y con respeto, evitando entornos violentos e inhumanos de trabajo, sin ningún tipo de acoso sexual, moral, verbal, ni coacción, amenaza, tortura o burla.
  • Implantar políticas encaminadas a la integración de personas con discapacidad.
  • Realizar la contratación laboral de los empleados de conformidad con la normativa legal aplicable.
  • Considerar la seguridad y salud de los trabajadores como un valor fundamental, velando por que se cumplan con los requisitos establecidos en materia de prevención de riesgos laborales que resulte aplicable.

3.12 Tratamiento de la información

  • Los proveedores de ASPAD deberán velar porque la información que utilicen y comuniquen, internamente o a terceros, sea rigurosa, fiable y veraz, comprometiéndose a no proporcionar a ASPAD, en ningún caso, información incorrecta o inexacta que pueda inducir a error.
  • Queda expresamente prohibido que los proveedores hagan un mal uso de la información confidencial recibida de ASPAD, garantizando en todo momento su integridad y confidencialidad y no destinándola a fines distintos de aquellos para los que fue recibida. La obligación de confidencialidad se mantendrá incluso una vez concluida la relación con ASPAD.
  • Los proveedores de ASPAD deberán cumplir en todo momento con la legislación vigente en materia de protección de datos, estableciendo las medidas necesarias en la compañía para garantizar su cumplimiento.

4. Cumplimiento y aceptación del código

El proveedor reconoce haber leído y comprendido el presente código de conducta y se compromete, mediante la firma de este documento, a:

  • Ponerlo en práctica en el desarrollo de los servicios y/o productos para los cuales ha sido contratado.
  • Difundirlo entre sus empleados y sus propios contratistas y proveedores

El incumplimiento de los principios básicos de este Código podría suponer la finalización de la relación de ASPAD con el proveedor.

5. Vigencia

El presente Código estará vigente desde el momento de su firma y mientras no se apruebe su anulación.

GDPR